Vivienda Turística. Registro en Turismo Gobierno Vasco. Pasos a seguir

Además de cumplir con la Ordenanza Municipal del Ayuntamiento, la vivienda turística deberá ser inscrita en el Departamento de Turismo de Gobierno Vasco.

Como muchos de vosotros tienen dudas de cómo realizar dicha tarea, lo mejor es que leáis esta última entrada del blog.

Paso 1

Antes de registrar la vivienda como turística, en el Departamento de Turismo de Gobierno Vasco, será necesario que un técnico con cualificación técnica, redacte el proyecto de actividad turística de la vivienda y realice la tramitación con el Ayuntamiento correspondiente, cumpliendo con la ordenanza vigente. Podéis leer más sobre los requisitos de dicha ordenanza municipal así como el procedimiento a seguir en nuestra entrada de blog Viviendas Uso Turístico Donostia. Actividad Turística.

Paso 2

Una vez validada la actividad turística por parte del Ayuntamiento deberéis dar de alta vuestra vivienda en el Departamento de Turismo de Gobierno Vasco, ubicado, en San Sebastián, en la Calle Easo nº10.

El Gobierno Vasco emitió el pasado 3 de julio el Decreto 101/2018, 13 de julio, de viviendas y habitaciones de viviendas particulares para uso turístico, en donde se detalla la documentación a aportar para registrar la vivienda como turística.

Página 1 de Decreto 101/2018 del 3 de julio Turismo Gobierno Vasco

Podéis acceder al Decreto aquí.

Cuando vayáis a registrar la vivienda como turística, el Departamento de Turismo comprueba que el ayuntamiento es conforme con el proyecto presentado y ha validado la vivienda como turística.

El procedimiento de registro de vivienda turística en Gobierno Vasco, se puede realizar telemáticamente o presencialmente.

Telemáticamente mediante tarjeta electrónica

Os tenéis que dirigir al siguiente enlace:

http://www.euskadi.eus/registro/registro-de-viviendas-y-habitaciones-para-uso-turistico-de-euskadi/web01-a2turism/es/

Una vez en él deberéis seguir el procedimiento indicado, y aportar la documentación solicitada.

Presencialmente

Deberéis rellenar en el ordenador, los datos que os indiquen en el siguiente enlace:

https://www.euskadi.eus/web01-sedeform/es/x43kToolkitWar/form/fdp?procedureId=0012801&tipoPresentacion=19&language=es

Debéis imprimir/guardar en pdf y aportar la documentación exigida en este procedimiento del Departamento de turismo de Gobierno Vasco, y llevarla en papel o en un USB a Turismo de Gobierno Vasco.

Entre otras cosas, deberéis aportar las copias originales de escrituras, o copias simples, plano, fotos interiores de estancias (una por estancia sería suficiente), foto de fachada, seguros… Está todo indicado en el Decreto 101/2018.

Placas Vivienda Turística/Habitación Turística (VT/HT)

Muchos se preguntan sobre cómo obtener las placas VT/HT que cada vez son más vistos en las calles de la ciudad.

Las placas VT/HT deben cumplir con lo indicado en el Decreto 101/2018 (ahí aparecen dimensiones de placa, colores…) y se pueden mandar a fabricar en cualquier imprenta.

Imagen tipo de Placa VT
Imagen tipo de Placa HT

Siempre serán necesarias dos placas, una correspondiente a la placa exterior a colocar en la entrada al portal para identificar que en ese edificio hay una vivienda turística, y una correspondiente a la placa interior, para indicar en el rellano aquella vivienda que es turística.

Nosotros siempre nos encargamos de la primera fase, que consiste en la tramitación con el Ayuntamiento, ya que disponemos de personal cualificado para redactar el proyecto técnico requerido por éste. La segunda fase, la realiza el promotor/propietario de dicha vivienda, a no ser que por mayor comodidad o porque no se encuentra residiendo en la ciudad, nos dé poder a nosotros y nos facilitetoda la documentación original necesaria, para realizar dichas gestiones con el Departamento de Turismo de Gobierno Vasco.

NUESTRO CONSEJO:

Son cada vez más las viviendas de uso turístico que se encuentran en las ciudades, y su tramitación se ha de realizar en dos fases. La primera es la habilitación de dicha actividad por parte del Ayuntamiento siempre y cuando la vivienda cumpla con la ordenanza municipal vigente, y para la cual se debe presentar un proyecto técnico redactado por personal técnico cualificado para ello que certifica que dicha actividad cumple con la normativa vigente. La segunda, y una vez obtenido el permiso por parte del Ayuntamiento, es el registro de la vivienda por parte del propietario en el Departamento de Turismo del Gobierno Vasco, aportando la documentación exigida por el Decreto 101/2018 del 3 de julio.

En Clara Canal Servicios de Ingeniería te informamos de si tu vivienda puede o no darse de alta como turística en función de la tipología del edificio y de las viviendas turísticas y locales comerciales ya existentes en éste, de los pasos a seguir en Ayuntamiento y Gobierno Vasco. Te hacemos un presupuesto detallado y sin compromiso. Consúltanos!




Avenida de Buenavista nº8 Bajo 20016 Donostia - San Sebastián

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